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El APV Colectivo vigente desde el 1° de Octubre de 2008 es un mecanismo de ahorro previsional voluntario mediante el cual los ahorros realizados por los trabajadores pueden ser complementados por sus respectivos empleadores con el objeto de incrementar sus futuras pensiones.
Se constituye a través de un contrato de ahorro entre empleador y una institución autorizada.
La ley permite a las empresas ofrecer más de un Plan de APV Colectivo a sus trabajadores y las faculta para establecer el monto máximo de su aporte. Sin embargo, es necesario que los diferentes contratos de APV Colectivo sean igualitarios para todos los empleados.
Se incorpora además el concepto de Vesting: número máximo de meses de permanencia en la empresa para que el trabajador adquiera la propiedad de los aportes efectuados por el empleador.