Cómo aprovechar los beneficios de la nueva Reforma Previsional
Para obtener la Pensión Básica Solidaria
:
- Si hoy usted recibe una Pensión Asistencial (PASIS) de vejez o invalidez, a partir de julio del
2008, su pensión será reemplazada por una Pensión Básica Solidaria de $ 60.000 mensuales, la que se
aumentará a $ 75.000 en Julio del 2009 utilizando el mismo sistema de pago. En este caso usted no
debe realizar ningún trámite.
Para obtener la Pensión Básica Solidaria de Vejez o Aporte Previsional Solidario de
Vejez
:
- Si usted tiene 65 años o más (hombre y mujer).
- Si tiene un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social, (si aún
no tiene la Ficha de Protección Social debe dirigirse a su Municipalidad para obtenerla)
- Y si ha residido en el país por 20 años contínuos o discontínuos (contados desde los
20 años de edad) y, al menos, 4 en los últimos 5 años anteriores a la solicitud del beneficio.
- Debe acercarse a los Centros de Atención Previsional Integral (CAPRI) del Instituto de
Previsión Social (ex INP) o a su respectiva AFP para informarse, y en caso que corresponda, poder
solicitar el beneficio.
Para poder obtener la Pensión Básica Solidaria de Invalidez o Aporte Previsional Solidario
de Invalidez
:
- Si tiene entre 18 y 65 años y fue declarado inválido por las comisiones médicas del nuevo
sistema previsional.
- Si su puntaje es igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (si aún no
tiene la Ficha de Protección Social debe dirigirse a su Municipalidad para obtenerla)
- Y reside en el país por un lapso no inferior a 5 años en los últimos 6 años anteriores a la
solicitud del beneficio.
- Debe acercarse a los Centros de Atención Previsional Integral (CAPRI) del Instituto de
Previsión Social (ex INP) o a su respectiva AFP para informarse, y en caso que corresponda, poder
solicitar el beneficio.
Para obtener el bono por hijo nacido vivo
:
- Si es mujer.
- Si está afiliada a algún régimen previsional,
- O recibe una pensión de sobrevivencia según lo dispuesto en el Decreto Ley 3.500,
- O es beneficiaria de Pensión Básica Solidaria
- Y tiene más de 65 años de edad.
- Puede recibir un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado, el cual se aportará directamente a
su cuenta de capitalización individual, a partir de Julio de 2009. Acuda a los Centros de Atención
Previsional Integral (CAPRI) del Instituto de Previsión Social, para analizar su situación.
¿Las dueñas de casa recibirán pensión?
:
- Si es dueña de casa y no tiene imposiciones previsionales.
- Tiene un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social.
- Tiene 65 años o más
- Y si ha residido en el país por 20 años contínuos o discontínuos (contados desde los
20 años de edad) y, al menos, 4 en los últimos 5 años anteriores a la solicitud del
beneficio.
- Diríjase a los Centros de Atención Previsional Integral (CAPRI) del Instituto de Previsión
Social, (ex INP), para analizar su situación.
Estimado cliente, para obtener mayor información al respecto, ingrese a
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al 800 64 60 90.
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